Repaso general de los deberes del contribuyente del Impuesto sobre la Renta

Silvia Castro D. l Socia de Servicios Tributarios l scastro@moore-agc.com

En Costa Rica todos los costarricenses tenemos deberes, particularmente en el caso de esta nota hablaremos de la importancia de conocer cuáles son esos deberes para quienes tienen una actividad económica, sea esta como persona física o como empresa.

Lo primero que debemos tener presente es que el desconocimiento de la Ley no es una causa eximible de responsabilidad, por eso es importante tomar en cuenta los siguientes elementos:
  1. Estar inscrito en Tributación como contribuyente del Impuesto sobre la Renta, sea Impuesto a las Utilidades o Impuesto a las Rentas de Capital, así como el Impuesto al Valor Agregado (en adelante IVA) y cualquier otro en relación con el tipo de bien o servicio al que se dedicará.
  2. Analizar qué actividades son las que va a realizar, considere que en muchas ocasiones (si se trata de una empresa) en el acta de constitución de la sociedad se incluyó un objeto amplio, sin embargo, revise bien a qué es lo que se dedicará, si es que venderá productos eléctricos, o si va a prestar servicios de ingeniería, esto porque por cada actividad que registre en Tributación tiene que saber que en la declaración del IVA deberá incluir ventas y compras por cada una de ellas.
  3. Verificar el régimen al que estará aplicando, si es Régimen Tradicional o Régimen Simplificado.
  4. Presentar las declaraciones de Impuesto a las que corresponda en tiempo y de acuerdo con lo que establece la Ley.
  5. Tener control de sus operaciones, sean ingresos, gastos, cuentas por pagar, cuentas por cobrar, cuentas bancarias, activos fijos, patrimonio y cualquier otra.
  6. Verificar el tratamiento fiscal de los pagos a los socios del negocio.
  7. Validar el tratamiento de las operaciones en moneda extranjera.
Por otra parte, consideremos que los impuestos los determina la misma persona que realiza la actividad económica, pero la Administración Tributaria tiene la potestad de verificar hasta 4 años después que, la forma en que se calcularon fue de acuerdo con las reglas tributarias.

Ahora bien, es preciso conocer que para seleccionar las empresas a fiscalizar no se hace al azar, se debe cumplir con un criterio de selección establecido en el Reglamento sobre Criterios Objetivos de Selección de Contribuyente para Fiscalización, dentro de los cuales destacamos:
  1. Ser gran contribuyente nacional
  2. Ser gran empresa territorial
  3. Haber rectificado una declaración generando un saldo a favor
  4. Sectores que se incluyan en el plan anual de fiscalización por parte de la Administración Tributaria
  5. Que los indicadores tributarios o financieros se desvíen significativamente de los indicadores promedio de la actividad económica en donde están registrados (de ahí la importancia de estar bien clasificado en la actividad que se desarrolla)
De acuerdo con todo lo anterior se hace necesario hacer una evaluación profunda no solo desde el día en que se inscribe en Tributación, sino con el pasar del tiempo, con las nuevas tendencias del negocio, las reformas tributarias, es decir hacer un monitoreo de las operaciones que se realizan y cómo se han venido ejecutando.

Sentémonos, y hagamos un ejercicio preventivo juntos, donde evaluemos las fortalezas, debilidades y oportunidades de mejora en su control tributario que pueden ir desde un tratamiento fiscal de sus adquisiciones y erogaciones hasta la estructura de su actividad, todo al amparo de la normativa fiscal.

Hagamos esto ya, para que en el momento de una visita de las autoridades tributarias se sientan confiados de que su autoliquidación de impuestos es la que establece la normativa, y no existan erogaciones futuras que solo encarecería la situación económica de su negocio, haciéndolo menos efectivo ya que además del impuesto dejado de pagar, deberá sumarle intereses y sanciones de montos importantes.